Seguritecnia 347
Crónica 96 SEGURITECNIA Diciembre 2008 No existe un modelo Unitario Europeo. ✓ Hay diferentes concepciones entre los Estados sobre seguridad pública y seguridad privada. ✓ No hay un consenso claro de armonización. ✓ Todos regulan más ó menos la vigilancia y el trans- porte, pero pocos los sistemas. ✓ Existen diferentes regulaciones de requisitos de per- sonal, formación, armas inspecciones etc... Detalló las medidas que implican a la seguridad pri- vada en Europa destacando la Directiva de Servicios en el Mercado Único que excluye de momento a la se- guridad privada, pero se preguntó ¿y a los sistemas? Recomendaciones Es urgente que el sector de la seguridad privada espa- ñol esté representado en estos trabajos a nivel euro- peo. El Anteproyecto de Ley sobre actividades de servicio se someterá a audiencia pública, siendo esta norma de aplicación a todas las actividades de servicios y aun- que los servicios de seguridad están excluidos debería solicitarse trámite de audiencia por la duda sobre los sistemas de seguridad y pedir el dictamen de la Co- misión Mixta Central de Seguridad Privada sobre esta materia. ¿Quién va hacer llegar la voz de los profesionales y de las empresas? Últimas reformas La última ponencia la impartió el comisario jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada, Esteban Gán- dara Trueba , que inició su intervención con un marco de referencia sobre la Administración General del Es- tado y de las Comunidades Autónomas y los principa- les actores de la Administración en relación a la segu- ridad. Incógnitas de futuro: Reforma de la Ley de Seguridad Privada: ¿Total? o ¿Par- cial? Hay algunas cuestiones como: ✜ Estatutos Comunidades Autonómicas ✜ Convenio Ministerio de Interior y Generalidad de Cataluña y otros posibles ✜ Normas técnicas UNE ✜ Normativa Europea que hacen necesario acometer algún tipo de reforma. En la posible reforma los grupos parlamentarios tam- poco se ponen de acuerdo: el PSOE sigue la estrategia de seguridad para España 2006; el PP, un Proyecto no de Ley de modificación del art. 10.3 a) de la LSP que limita el acceso a la habilitación para vigilante de seguridad a los países comunitarios. Es necesario hacer llegar la iniciativa del sector a través de las Asociaciones, al ámbito parlamentario y conseguir objetivos comunes para esta reforma. A continuación fue reflejando las competencias sobre seguridad privada que se van desarrollando en los distin- tos estatutos de las Comunidades Autónomas. Nuevamente es necesaria una actuación coherente y coordinada sobre estas competencias y para una me- jor coordinación sería conveniente reformar la Comisión Mixta Central de Seguridad Privada. Alertó en su exposición sobre la Resolución de 19 de Julio de 2007 de la Dirección General de Desarrollo Industrial, autorizando a AENOR para asumir funcio- nes de normalización en ámbito de los servicios de se- guridad privada, habiendo creado un Comité Técnico de Normalización, donde no están representadas to- das las asociaciones del sector, para que sea realmente representativa y no cerrada al objeto de que responda al interés general.
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