Seguritecnia 361

72 SEGURITECNIA Febrero 2010 E l Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006, en su artí- culo 163, dispone que la com- petencia ejecutiva en materia de Segu- ridad Privada corresponde a la Genera- litat de Cataluña. A pesar de que desde la aprobación y publicación del Esta- tuto, dicha previsión se encuentra vi- gente, se precisaba un convenio entre la Administración estatal y la autonó- mica que regulara el traspaso de com- petencias. Dicho convenio se suscribió el 27 de diciembre del 2007, entre el Ministerio del Interior y el Departament d’ Interior de la Generalitat de Cataluña. Desde di- cha fecha, las competencias ejecutivas en materia de Seguridad Privada son desarrolladas por la Generalitat de Ca- taluña, quedando la competencia legis- lativa en manos del Estado. Por consiguiente, la normativa de Se- guridad Privada rige en todo el territo- rio nacional. ¿En qué aspectos ha influido el tras- paso de la competencia ejecutiva? Con- cretamente, desde la firma del conve- nio referido, es la Generalitat de Cata- luña la que tiene las competencias de inspección, control y sanción de aque- llas actividades de Seguridad Privada que se realicen dentro del territorio de Cataluña. Anteriormente, las compe- tencias de control de las actividades de Seguridad Privada estaban reparti- das entre el Cuerpo Nacional de Policía y el Cuerpo de Mossos d’ Esquadra. Por consiguiente, el traspaso de las compe- tencias ejecutivas ha introducido una novedad al respecto. Si bien en un principio podría pen- sarse que el traspaso de competencias podía conllevar confusión a las empre- sas de Seguridad Privada, ciertamente no ha sido así. Con la ayuda de jorna- das informativas que se han llevado a cabo al efecto, las empresas de Segu- ridad Privada que operan en Cataluña conocen la distribución competencial entre los Cuerpos Policiales y saben, por tanto, a quién dirigirse. De este modo, mientras el control e inspección de las empresas que estén en territorio autonómico corresponde a la Generalitat, la habilitación del perso- nal de Seguridad Privada corresponde al Ministerio del Interior, ya que dicha habilitación tiene validez estatal. En cambio, en cuanto a las homologacio- nes de empresas autonómicas corres- ponde a la Generalitat. Tal y como se desprende de lo ex- puesto, es evidente que debe existir y existe una colaboración entre los di- ferentes Cuerpos Policiales tal y como prevé el Convenio de 3 de junio del 2008, en el que se establecen los cana- les de comunicación y coordinación. Una vez llevado a cabo el traspaso de competencias, desde la Generalitat se ha dado impulso al Consell de Co- ordinació de la Seguretat. Dicho im- pulso se ha concretado, entre otros as- pectos, en la propuesta de Orden por la cual se establecen los criterios de ac- tuación para el mantenimiento y verifi- cación de los sistemas de seguridad y la comunicación a la Policía de Gene- ralitat-Mossos d’ Esquadra. Esta Orden tiene por objeto, por una parte, esta- blecer los criterios de actuación que se han de seguir por parte de los diferen- tes sujetos que intervienen en el man- tenimiento, la gestión y la verificación de un aviso de alarma para garantizar que las Centrales Receptoras de Alar- mas realicen la verificación debida con todos los medios técnicos y humanos de que disponga; y, por otra parte, es- tablecer el procedimiento para comu- nicar a la Policía de la Generalitat-Mos- sos d’ Esquadra, las alarmas reales que se produzcan con la finalidad de garan- tizar la necesaria coordinación con di- cho Cuerpo Policial y para conseguir la respuesta adecuada a la incidencia ge- nerada (artículo 1 de la Orden). El impulso citado también ha com- portado la creación de la comisión de intrusismo, de la que Acaes forma parte y que tiene por objeto el crear las bases para poder llevar a cabo una lucha efi- caz contra este mal que tanto afecta a las empresas de Seguridad Privada. En cuanto a la situación de la Segu- ridad Privada en Cataluña, en lo que a las empresas se refiere, destaca el In- forme de Seguridad del 2009 publi- cado recientemente por la Generali- tat. En dicho informe consta que se ha mantenido la tendencia creciente en el número de empresas de Seguridad Pri- vada que se han homologado en Ca- taluña. Principalmente, las nuevas em- presas inscritas, han solicitado autori- zación para la realización de servicios de vigilancia y protección, y un por- centaje más reducido ha sido para lle- var a cabo actividades de instalación y mantenimiento de sistemas de seguri- dad. En cuanto al número de contratos comunicados, se ha producido un leve crecimiento, inferior al del año anterior, viéndose más afectadas por dicha re- ducción las provincias de Gerona y Ta- rragona. S La Seguridad Privada en Cataluña Situación actual una vez asumidas las competencias por la Generalitat Josep Bellot i Urbano / Presidente de ACAES

RkJQdWJsaXNoZXIy MTI4MzQz