Seguritecnia 334

SEGURITECNIA Octubre 2007 41 El mismo se integra en el Título V, y se refiere a “de las Policías Locales”: “1.- Los Municipios podrán crear Cuerpos de Policía pro- pios, de acuerdo con lo previsto en la presente Ley, en la Ley de Bases de Régimen Local, y en la legislación autonómica. 2.- En los municipios donde no exista Policía Municipal, los cometidos de ésta serán ejercidos por el personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones, con la denominación de guardas, vigilantes, agentes, alguaciles o análogos. 3.- Dichos cuerpos sólo podrán actuar en el ámbito terri- torial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las Autoridades competentes.” Con nuestras entidades Deberemos seguir luchando para que aumente la con- fianza en la gestión y en la operativa de nuestro departa- mento, así como para intentar que se conciencien más en materia de seguridad, en beneficio propio y de sus em- pleados. De este modo se podrá seguir potenciando la venta de productos, a la vez que se aumenta la seguridad, consiguiendo ofrecer, a nuestros clientes, mayor calidad y como consecuencia mayor fidelización. Para conseguir la confianza, antes mencionada, sería ideal el respaldo de, algo que la sociedad en general de- manda y tiene muy presente, la “titulitis” pues, en la ac- tualidad, si no la posees, parece que no eres un verdadero profesional. Debería reglarse la formación pública en materia de se- guridad para todo el sector, desde el vigilante de seguri- dad hasta el director de seguridad, creando una carrera de Seguridad Privada, utilizando para ello, tanto, los cen- tros de Formación Profesional, para los vigilantes de se- guridad en todos sus niveles (no olvidemos que son per- sonas que realizan su trabajo con armas de fuego), como en la Universidad, para los +efes y Directores de Seguri- dad. No sería una carrera vacía, pues existen materias, mas que suficientes, para dar contenido a los cursos ne- cesarios, como son: derecho, tecnología, informática, gestión de empresas, riesgos laborales, etc. De igual modo, que la Ley de Riesgos Laborales obliga a los empleados a tener y exigir formación en esa mate- ria, la legislación de Seguridad Privada debería exigir, di- cha formación, en materia de seguridad. Espero y deseo que puedan servir estas mis ideas, vuestras ideas, así como mis posibles soluciones, suma- das a las vuestras, para que situemos el sector de Segu- ridad Privada en el lugar que le corresponde y, por su- puesto, consigamos el fin que nos sostiene y anima, la protección del ciudadano en todos sus ámbitos.

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