Seguritecnia 515

/ Septiembre-Octubre 2025 84 Central Receptora de Alarmas Es incuestionable que para las centrales receptoras de alarmas (CRA) el presente es difícil y el futuro preocupante. Ante esta situación solo quedan dos posibles actitudes: no hacer nada y ver qué va pasando, o entrar en acción para tratar de mejorar el presente y construir un futuro más esperanzador. Que las cosas no van bien lo demuestra un hecho claro: el número de CRA sigue descendiendo. En el listado de septiembre del registro nacional, tan solo aparecen 119 empresas de seguridad con esta habilitación, cuando hace apenas unos meses eran 128 y no hace tantos años superaban las 160. ¿Qué está pasando? ¿Qué complica el presente y dificulta el futuro? Estos son algunos factores clave: Un contexto legal irregular y anacrónico. Lo destaco en primer lugar porque constituye el caldo de cultivo idóneo para muchos de nuestros problemas. Poco se puede añadir: es una situación sobradamente conocida. En un sector tecnológico que avanza a toda velocidad, resulta insufrible operar con una ley de hace 11 años, un reglamento de hace 31 y unas órdenes de hace 14. Fin de la cita. El resultado se traduce en ineficiencia e inseguridad jurídica. Las demandas y reclamaciones de las compañías de seguros. Este es un problema in crescendo. Cada vez con más frecuencia, a un robo real tramitado le sigue una reclamación contra la CRA, la instaladora/mantenedora o ambas. Para ello, las aseguradoras cuentan con especialistas en seguridad privada propios o gabinetes externos, que se apoyan en lagunas legales, aspectos ambiguos o redacciones poco claras. Su objetivo es encontrar puntos donde un juez pueda interpretar que las actuaciones no fueron correctas, ni en la gestión del hecho ni en las medidas preventivas previas. Si ganan, recuperan total o parcialmente la indemnización abonada al asegurado. Y como en ocasiones lo consiguen, les merece la pena intentarlo. La estrategia les funciona tan bien que la están extendiendo al ámbito del incendio: comienzan a obligar a sus clientes a conectar sistemas de detección. La razón es sencilla, puesto que aún no existe una regulación específica del Ministerio de Industria que determine requisitos y obligaciones de empresas, sistemas y usuarios. Ante ese vacío legal, se nos utiliza como “reaseguro”. El problema es que, en un incendio, las reclamaciones pueden ser enormes, muy superiores a la cobertura de nuestras pólizas de responsabilidad civil. Este riesgo desaparecería con un marco legal claro. Acabaremos no encontrando aseguradoras que cubran nuestra responsabilidad. Como consecuencia de lo anterior, cada vez tenemos que dar más partes a nuestras aseguradoras. Aunque muchas reclamaciones se ganan en los tribunales, algunas acaban pagándose total o parcialmente. Esto provoca dos efectos: cada vez menos compañías quieren asegurarnos, y las pocas que lo hacen limitan coberturas, elevan primas y rescinden pólizas en pocos años por exceso de siniestralidad. Si la tendencia continúa, llegará un momento en el que ninguna aseguradora quiera cubrirnos. El cliente y su instalador/mantenedor determinan nuestra capacidad de actuación. Queremos ser eficientes ante las incidencias, rápidos y certeros con las acciones de verificación. Por ello, nuestra capacidad de actuación no depende solo de los recursos propios –humanos, técnicos, procedimentales o formativos–, sino también de lo que hagan el cliente y el instalador. El cliente condiciona el nivel de eficiencia con sus decisiones de compra. Si se deja guiar por criterios de Centrales receptoras de alarmas: realidad difícil, futuro incierto José Ramón Becerra Presidente de la Asociación Española de Centrales Receptoras de Alarmas (AESCRA)

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